Cómo Calcular la liquidación laboral en Colombia: Fórmulas y conceptos Clave
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| Publicación enero 17, 2022| Última actualización junio 6, 2024
La liquidación laboral en Colombia opera como una variable sumamente sensible donde, en determinadas ocasiones, se producen desencantos y enojos desde la posición del colaborador.
Al momento de la terminación del contrato laboral o cuando se produce el retiro jubilatorio, el empleador debe abonar al trabajador la liquidación de la que, por normativa laboral, el ex-colaborador tiene derecho.
¿Cuál es la base utilizada para calcular la liquidación laboral por finalización contractual en Colombia?
La liquidación del empleado se hará sobre la base de la remuneración del operario, el cual abarca los siguientes rubros como: horas adicionales, trabajos de fin de semana o en días festivos, extras nocturnos, comisiones, entre otros.
Esta base tendrá que tener relación con el momento en el cual se le hizo al trabajador el cálculo sobre la liquidación de las prestaciones y vacaciones.
Al momento de la extinción del vínculo laboral, debes abonar al empleado los siguientes conceptos: cesantías e intereses a las cesantías, prima de servicios y vacaciones adeudadas.
Conceptos clave y fórmulas para calcular la liquidación laboral en Colombia.
Los componentes con los que debe contar la base de cálculo para efectuar la liquidación laboral de un empleado que ha finalizado su vínculo contractual, debe incluir los conceptos vertidos anteriormente y los siguientes otros:
- Remuneración pendiente de ser abonada: Este segmento engloba sueldos, adicionales y recargas.
• Primas: El empleador debe contemplarlas respecto al año trabajado. En caso de que el tiempo de trabajo fuese inferior al año, el pago será en relación al período de vinculación en el que el trabajador se mantenga trabajando.
• Vacaciones: Con exclusión de la normativa y la legislación que se tratare, pero por lo general, en muchos países de Latinoamérica, corresponden a 15 días hábiles relativos al ocio del trabajador.
• Indemnización: En el supuesto de ser un contrato de tiempo fijo, el diferencial a pagar será por parte del empleador tomando en cuenta el lapso de tiempo restante para la conclusión del contrato laboral.
¿Qué son las cesantías?
Las mismas forman parte de una protección social que el empleador destina a sus operarios bajo la forma de un adicional al sueldo de los mismos.
Esta porción salarial se vuelve una garantía frente a un eventual distracto laboral o la necesidad de alcanzar educación para los hijos o una vivienda digna para la familia.
El cálculo base para liquidarlas es el siguiente: Salario promedio x días laborados/ 365 días anuales.
¿Cómo realizar los cálculos de intereses de cesantías?
El porcentaje de intereses es de 12% anualizado cuando se tratare de intereses de cesantías, aunque, si por caso el período a liquidar fuese menor al año, se debe estimar la proporción correspondiente.
Si por el contrario, los intereses no guardaran relación con el tiempo liquidado, la base de cálculo podría verse modificada.
Continúa leyendo para enterarte de la fórmula de cálculo:
Si por ejemplo, el colaborador ingresa en fecha abril 2022 y en diciembre del mismo año, acumula cesantías por $2.000.000 de pesos colombianos, lo primero que debes tener en consideración a la hora de iniciar el cálculo es determinar la fracción según el año que corresponde, en este caso 9 meses porque va desde abril a diciembre:
$2.000.000 x 9 meses = $180.000
¿Cómo obtener los cálculos en las primas de servicios?
Dicha prestación legal, es poseída por todos los empleados que se encuentran vinculados mediante un contrato laboral de trabajo. La misma es correspondiente a cada año que es trabajado o fracción de tiempo en el que el trabajador se encontrare trabajando en la compañía, dependiendo de cada legislación laboral.
La forma de liquidar esta prestación es la siguiente: remuneración del operario + el transporte de los días trabajados dividido los 365 días del año.
¿Cuáles son los plazos de pagos de la liquidación laboral?
Para efectuar la liquidación laboral de un trabajador, los plazos a considerar corren a partir del día en que el trabajador ha cesado su vínculo contractual con la empresa.
La normativa no dispone de plazos para el pago y, existiendo mora -retraso-, se deberá abonar al trabajador la inmediata restitución por cada día de atraso en el pago de la liquidación.
Como ya mencionamos, la base computable para iniciar el cálculo de liquidación debe contemplar los siguientes conceptos: cesantías + intereses a las cesantías + prima de servicios + vacaciones adeudadas de goce.
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